Lunes, 8 de noviembre de 2021
Dado el incidentado comienzo de período de adhesiones voluntarias al ERE acordado en Banco Sabadell, y a petición de los sindicatos, hoy se ha celebrado junto con la empresa y con carácter extraordinario, una primera reunión de la Comisión de Seguimiento.
Cuando cruzamos el ecuador de esta primera fase del ERE, la empresa nos informa de las siguientes cifras:
Debemos analizar esta información con toda prudencia, se trata de solicitudes “brutas”.
La empresa ya ha advertido que existen 165 solicitudes que no cumplen los criterios establecidos en el acuerdo como, por ejemplo, el exceso que se observa en el caso de l@s emplead@s de 55 años, donde el cupo aprobado es de 100 personas, y aquí se refleja un exceso de 74 personas.
Desde UGT hemos manifestado nuestro malestar con la forma en que se ha llevado a cabo el despliegue de información y los procesos implantados por la dirección del Banco con relación a este proceso de salidas, que suponen la priorización de la información personalizada sobre determinados colectivos en claro desfavorecimiento de otros; así como con las medidas de presión y coacción en que se traducen determinadas llamadas y mensajes que algun@s compañer@s están recibiendo.
Además, entre otros puntos, desde nuestra sección sindical hemos tratado los siguientes:
- Con motivo de la demora en la presentación de la oferta económica y presentación de solicitudes de salida para determinados colectivos, se ha solicitado retrasar la fecha de finalización del plazo voluntario, cuestión que el Banco ha manifestado estudiar en caso de no alcanzar el cupo de salidas voluntarias.
- La dirección del Banco ha indicado que el personal en situación de excedencia o en suspenso, en caso de estar interesado, puede hacer llegar su solicitud de salida ya que, a pesar de no estar contemplado en el acuerdo, puede ser objeto de estudio bajo determinados supuestos.
- En relación a la liquidación de salarios variables por cumplimiento de objetivos, la empresa ha puntualizado que la misma corresponderá en los casos que el período se encuentre devengado a la fecha de salida del trabajador, aunque su liquidación fuera posterior.
- Desde UGT también hemos planteado a la empresa que considere la posibilidad de llevar a cabo la liquidación para los menores de 55 años, que percibirán indemnizaciones en pago único, con posterioridad a la finalización del ejercicio 2021, a fin de evitar su carga fiscal concentrada en el mismo período fiscal.
- Aclarar que será por cuenta del trabajador/a la solicitud de la prestación por desempleo (paro).
- Las operaciones en condiciones de empleado firmadas durante el pasado mes de octubre (sólo las contempladas en el acuerdo) serán respetadas.
- L@s emplead@s que no hayan recibido la información económica personalizada a la fecha presente, dispondrán exclusivamente de la calculadora habilitada a tal fin.
Accede a la circular en PDF: REUNION SEGUIMIENTO ERE 1